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¿Gasolina deducible? y ¿la compra de un vehículo?

  • Asesoraplusonline
  • 27 mar 2018
  • 2 Min. de lectura

Se trata de una de las preguntas del millón tanto de empresarios como de profesionales cuya respuesta tienen nuestros “amigos” de la Administración.

Para ponérnoslo fácil la deducibilidad en cuanto a IVA no tiene nada que ver con IRPF, y viceversa. Es decir, que lo que es deducible en IVA no tiene porque serlo en IRPF. Efectivamente, no hay quien lo entienda. Por ello os damos a continuación algunas pistas:

En cuanto a IVA

Como norma, lo primero que debemos preguntarnos es si el vehículo lo usamos sólo para uso profesional o también para uso personal. En caso de que lo utilicemos para ambas cosas el porcentaje de deducibilidad debe de ser el 50% (existen numerosas consultas vinculantes).

Además, debes tener en cuenta que si la Administración te “preguntara”, eres tú (contribuyente) quien tienes que demostrar que efectivamente utilizas el coche para uso profesional (agenda de visitas, direcciones de clientes, facturas de hoteles, serigrafías, …cuantas más armas, mejor para poder defenderlo).

Podrán deducirse el 100%:

  • Los vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías.

  • Los utilizados en la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación.

  • Los utilizados en la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación.

  • Los utilizados por sus fabricantes en la realización de pruebas, ensayos, demostraciones o en la promociónde ventas.

  • Los utilizados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales.

  • Los utilizados en servicios de vigilancia.

En cuanto a IRPF

Aquí la cosa cambia. No hay porcentajes, es “todo o nada”. En caso de estar afecto a nuestra actividad económica, nos deduciremos el 100% del gasto. En caso contrario, aunque existen sentencias en los que la Administración ha permitido la deducibilidad del 50%, la regla es que nada será deducible.

En resumen, amigos: todo son facilidades. Recordad siempre que lo más importante es que el porcentaje que decidáis lo tengáis bien justificado.

Si tienes cualquier duda, contacta con nosotros aquí.

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